Con fecha 30 de Julio, se ha
publicado en el Boletín Oficial del Estado la resolución de 18 de julio de
2014, por la que se modifica la de 20 de diciembre de 2006, sobre emisión y
puesta en circulación de una serie de sellos de correos denominada "sellos
personalizados".
Básicamente lo cambios
introducidos son:
- Se aprueba la emisión y puesta
en circulación de los sellos personalizados de correo denominados «TU SELLO»,
que comprende todos los sellos personalizados que se pongan en circulación de
conformidad con la presente Resolución.
- Los sellos personalizados
incorporarán en uno de sus márgenes las palabras "España",
"Correos" y "TU SELLO", así como su valor de franqueo.
- Los sellos personalizados se
podrán utilizar para el franqueo de cualquier envío postal cuyo sistema de
franqueo sea mediante sellos y para cualquier ámbito, de acuerdo con las
tarifas vigentes y utilizando el número de sellos que sean necesarios.
En el espacio central del sello,
reservado para la personalización, se estampará, una vez validada, la imagen
propuesta por los usuarios.
Sin los requisitos citados, no se
considerará como un sello de correo.
- Los sellos personalizados
tendrán el valor de franqueo que se indique en cada uno de ellos. En el caso de
que éste no figure expresado tendrá las siguientes equivalencias:
− La letra "A", en
caracteres latinos, a la tarifa vigente de las cartas normalizadas de hasta 20 gramos para el ámbito
nacional.
− La letra "A2", en
caracteres latinos, a la tarifa vigente de las cartas no normalizadas de hasta 20 gramos , o bien para
cartas cuyo peso esté comprendido entre 20 y 50 gramos , en ambos casos
para el ámbito nacional.
− La letra "B", en
caracteres latinos, a la tarifa vigente de las cartas normalizadas de hasta 20 gramos para el ámbito
internacional europeo.
− La letra "C", en
caracteres latinos, a la tarifa vigente de las cartas normalizadas de hasta 20 gramos para el ámbito
internacional de resto de países.
- El suministrador que determine la Sociedad Estatal
Correos y Telégrafos, S.A., procederá a la impresión de los pliegos sobre los
que posteriormente se estamparán las diferentes imágenes, de acuerdo con las
siguientes características:
a) Procedimiento de impresión:
Offset, en azul (pantone 541 C ).
b) Papel: Autoadhesivo
fosforescente.
c) Dentado: 13 ¾ troquelado.
d) Formato de los sellos: 40,9 x 28,8 mm (horizontal y
vertical).
e) Espacio libre para la imagen
personalizada: las palabras "España", "Correos" y "TU
SELLO", y el espacio reservado para la impresión del valor del franqueo
correspondiente ocuparán una superficie no superior a 10 x 28,8 mm , quedando libre el
resto de la superficie.
f) Formato del pliego: 297 x 210 mm (UNE A-4).
g) Efectos en pliego: 25.
h) Valor postal: Tarifas
"A", "A2", "B" o "C" para los dos
sellos (horizontal y vertical) o la cifra correspondiente al valor del
franqueo.
i) Tirada: Ilimitada para los dos
sellos (horizontal y vertical).
Una vez concluida la fabricación de los
pliegos sobre los que posteriormente se estamparán las diferentes imágenes, el
suministrador procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos,
pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado para la
estampación. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Sociedad Estatal
Correos y Telégrafos, S.A., que alguno de los elementos empleados en la
preparación o estampillado de los trabajos anteriormente aludidos encierra gran
interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente
inutilizado, a dotar el Museo Postal y Telegráfico o cualquier otro Museo de
interés en la materia. En todo caso se extenderá el acta correspondiente, tanto
de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se
integren en algunos de los citados Museos
La presente Resolución conjunta
entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado.
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